NOTA IMPOSITIVA 82: PLAZO LEGAL PARA LA DISTRIBUCION/PAGO DE DIVIDENDOS‏

PLAZO LEGAL PARA LA DISTRIBUCION/PAGO DE DIVIDENDOS

 La distribución de dividendos deberá provenir de los beneficios acumulados al cierre del ejercicio mostrado en los estados financieros auditados incluidos en el informe de gestión anual.


Los dividendos podrán se pagados en efectivo, especie o acciones. La distribución de los dividendos será dispuesta por la asamblea general y deberá hacerse en un plazo máximo de nueve (9) meses después de su declaración en la asamblea y en base a un flujo de efectivo que evidencie que con su pago no se violan acuerdos con los socios ni se afectan intereses de los terceros acreedores de la sociedad, de conformidad con el artículo 44 de la  Ley General No. 479-08 de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.

Estas importantes informaciones se publican gracias a la autorización y cortesía del Licenciado:

Samuel Alexis Rodríguez
Socio Director
SARR CONSULTORES
GLOBALES/ Asesores Fiscales
Corporativos
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